Política de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo

Última actualización: 2026-01-01 · Conforme a Circular N° 62 UAF (2025)

1. Marco normativo

CryptoSwap SpA ("el Operador") opera como prestador de servicios financieros inscrito ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) bajo la Ley N° 21.521 (Ley Fintech). En calidad de sujeto obligado ante la Unidad de Análisis Financiero (UAF), cumple con:

  • Ley N° 19.913 — Ley que crea la UAF y tipifica el delito de lavado de activos.
  • Ley N° 21.521 — Ley Fintech, que incorpora a los prestadores de servicios financieros como sujetos obligados.
  • NCG N° 502 (CMF, 2024) — Norma de registro, autorización y gobierno corporativo.
  • Circular N° 62 (UAF, 2025) — Instrucciones generales de prevención LA/FT/FP para sujetos obligados. Reemplaza la Circular 49/2012 y consolida 24 circulares previas.

2. Enfoque Basado en Riesgo (EBR)

Conforme a la Circular 62, el Operador implementa un Enfoque Basado en Riesgo que evalúa cuatro factores para clasificar a cada cliente:

  • Factor Cliente: tipo de persona, actividad económica, origen de fondos, condición PEP, coherencia perfil/volumen, estructuras societarias.
  • Factor Producto/Servicio: criptoactivos (riesgo inherente elevado por pseudo-anonimato).
  • Factor Canal: operaciones 100% digitales no presenciales.
  • Factor Geográfico: jurisdicción del cliente según listas GAFI (gris/negra), sanciones internacionales.

La política de riesgo se basa en las Evaluaciones Nacionales de Riesgo publicadas por la UAF y los enfoques sectoriales aplicables.

3. Conocimiento del cliente (KYC)

Antes de operar, cada usuario y empresa debe completar un proceso de verificación que incluye:

  • Identificación personal: nombre completo, RUT, fecha de nacimiento, nacionalidad, documento de identidad.
  • Declaración de Persona Expuesta Políticamente (PEP), incluyendo familiares hasta segundo grado y asociados cercanos.
  • Declaración de origen lícito de fondos y fuente de patrimonio.
  • Propósito de la cuenta.
  • Para empresas: RUT, razón social, dirección, rubro, volumen esperado, fecha de constitución.
  • Beneficiario final: persona natural con ≥10% de participación directa o indirecta en capital o derechos de voto, o que ejerza control efectivo (Circular 62 UAF).

Si el cliente no entrega la información de beneficiario final en un plazo de 40 días hábiles, se considera señal de alerta y se evalúa el envío de un ROS.

4. Tres niveles de Debida Diligencia

NivelCuándo aplicaMedidas
Simplificada Riesgo bajo Verificación básica de identidad; monitoreo estándar
Estándar Riesgo medio Identificación completa, verificación de documentos, declaración de origen de fondos, identificación de beneficiario final
Reforzada (EDD) Riesgo alto: PEP, jurisdicción GAFI, estructuras complejas, inconsistencias Verificación independiente intensificada, documentación de origen de fondos, aprobación de alta gerencia para operar, monitoreo continuo con umbrales reducidos, revisiones periódicas del perfil

5. PEP — Categorías (Circular 62)

Se consideran PEP, entre otros:

  • Presidente, ministros, subsecretarios, senadores, diputados.
  • Concejales, administradores municipales, delegados presidenciales, consejeros regionales.
  • Magistrados de tribunales superiores, jueces de primera instancia, fiscales del Ministerio Público.
  • Contralor General, reguladores financieros (CMF, Banco Central, SVS).
  • Altos mandos militares, cónsules, embajadores.
  • Familiares hasta segundo grado de consanguinidad y asociados cercanos de cualquier PEP.

6. Monitoreo transaccional

Todas las operaciones son registradas y monitoreadas de forma continua. El sistema genera alertas automáticas cuando detecta:

  • Fraccionamiento (pitufeo): múltiples operaciones pequeñas en corto plazo para evadir umbrales.
  • Inconsistencia de perfil: volumen real que excede significativamente el declarado.
  • Picos de volumen: operaciones que superan 3x el promedio histórico del cliente.
  • Wallets compartidas: misma dirección de destino usada por distintos clientes.
  • Jurisdicciones de alto riesgo: operaciones desde/hacia países en lista GAFI.

7. Umbrales regulatorios

UmbralObligación
≥ USD 1,000 en activos virtualesTravel Rule — identificación de ordenante y beneficiario (Circular 62, desde julio 2025)
≥ USD 3,000 en transacciones ocasionalesDDC completa + identificación de beneficiario final
≥ USD 10,000 en efectivoReporte de Operación en Efectivo (ROE) a la UAF
Sin umbral mínimoCualquier operación sospechosa se reporta inmediatamente (ROS)

8. Travel Rule (desde julio 2025)

Para transferencias de activos virtuales ≥ USD 1,000 (nacionales e internacionales), el Operador registra y acompaña los datos del ordenante (nombre, RUT/documento) y del beneficiario (wallet de destino). Esto aplica a entidades reguladas bajo la Ley 21.521.

9. Reporte de Operaciones Sospechosas (ROS)

Cuando se identifica una operación o patrón sospechoso, el Operador procede a:

  • Congelar la operación hasta completar la revisión interna.
  • Documentar los hallazgos en el registro interno de auditoría.
  • Reportar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) a través del Portal de Entidades Reportantes, sin umbral mínimo de monto.
  • Cooperar con las autoridades competentes en caso de requerimiento judicial o administrativo.
  • No alertar al cliente sobre el reporte (tipping off está prohibido).

10. Reporte de Operaciones en Efectivo (ROE)

Operaciones en efectivo iguales o superiores a USD 10,000 son reportadas a la UAF en los plazos establecidos. Aun sin operaciones sobre ese umbral, se envía el reporte negativo correspondiente.

11. Clasificación de riesgo

Cada cliente recibe una clasificación automática de riesgo (bajo, medio, alto) basada en los 4 factores del EBR. Los clientes de riesgo alto requieren aprobación de gerencia para operar y están sujetos a monitoreo reforzado con umbrales de alerta reducidos.

12. Conservación de registros

Todos los registros de identificación de clientes, transacciones, reportes internos y alertas de compliance se conservan por un mínimo de 5 años desde la fecha de la última operación o del cierre de la relación comercial.

El Operador mantiene 5 registros permanentes conforme a la Circular 62:

  • Registro de operaciones en efectivo
  • Registro de operaciones sospechosas
  • Registro de debida diligencia de clientes (DDC)
  • Registro de PEP
  • Registro de transferencias electrónicas

13. Prohibiciones

El Operador no prestará servicio a:

  • Personas o entidades incluidas en listas de sanciones internacionales (OFAC, ONU, UE).
  • Personas o entidades con antecedentes de lavado de activos o financiamiento del terrorismo.
  • Menores de 18 años.
  • Usuarios que se nieguen a proporcionar la documentación requerida dentro de 40 días hábiles.
  • Personas de jurisdicciones en lista negra GAFI sin justificación comercial verificable.

14. Capacitación

El personal del Operador con acceso a datos de clientes y operaciones recibe capacitación anual sobre prevención de LA/FT/FP, detección de operaciones sospechosas, obligaciones de reporte y uso del Portal de Entidades Reportantes de la UAF.

15. Manual de Prevención

El Operador mantiene un Manual de Prevención LA/FT/FP actualizado cada 2 años como mínimo, disponible para inspección de la UAF y la CMF.
Descargar Manual (PDF)

16. Oficial de Cumplimiento

El Operador designa un Oficial de Cumplimiento de alta dirección, con acceso a todas las operaciones y registros. Consultas sobre esta política pueden dirigirse a sergio.plaza@me.com.

Aviso regulatorio: CryptoSwap SpA opera como prestador de servicios financieros bajo la Ley N° 21.521 (Ley Fintech). Los criptoactivos no son moneda de curso legal, no están respaldados por el Banco Central de Chile y están sujetos a volatilidad de precio. Operar implica riesgos, incluyendo la posible pérdida total del capital invertido. Este portal no constituye asesoría financiera ni de inversión. Términos · Privacidad · Política AML/CFT · Canal de denuncias